viernes, 9 de octubre de 2009

Desalojo de 40 familias de la Comunidad India Quilmes

Esta mañana se realizó en Colalao del Valle (TUCUMAN), el desalojo de cuarenta familias destruyéndose todas las construcciones que allí se encontraban.

50 efectivos policiales de la unidad regional oeste se enfrentaron contra los miembros de la comunidad, en su mayoría mujeres. Producto del desalojo y sin fundamentos, la policía detuvo a dos personas del CIQ.

La medida se tomó a pesar de la vigencia de la Ley Nacional 26.160 sobre ordenamiento territorial que ordena la suspensión de todo acto administrativo o judicial que tenga como objetivo desalojar a los Pueblos Originarios de su territorio por el término de cuatro años hasta tanto se efectúe el relevamiento territorial - el cual se está realizando actualmente en la provincia -. A pesar de esto, en la mañana de hoy se realizó el desalojo de cuarenta familias de la Comunidad India Quilmes (CIQ), destruyéndose toda las construcciones que allí se encontraban.

Hace una semana que la comunidad había previsto este posible desalojo.

"La medida es totalmente arbitraria, infundada, ilegítima y desmedida, ya que vulnera una ley de orden público, infringe los derechos de las comunidades indígenas reconocidos en pactos internacionales, constitución nacional y provincial", indicó Daniel Carlorosi, responsable del área de Pueblos Indígenas de ANDHES (Abogados y abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales).

Esta medida fue articulada por el Juez de Paz de Colalao del Valle, Adolfo Salazar, quien a pesar de estar denunciado por la CIQ ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, sigue actuando y cometiendo distintos tipos de atropellos contra la comunidad.

Asimismo, es necesario destacar que la medida fue confirmada por el Juez en Documentos y Locaciones de la 3ra Nominación, Juan Carlos Peral, quien en todo momento desconoció la legislación vigente y las presentaciones realizadas por la Comunidad India Quilmes, en el marco del amparo a la simple tenencia vulnerando los derechos adquiridos.

La medida de desalojo se encuentra apelada mediante un recurso de queja ante la Corte por inconstitucionalidad pendiente de resolución fundado, entre otras razones, en las arbitrariedades e imparcialidad que mostró el Juez de Paz en la tramitación del proceso.

"La medida de desalojo llevada adelante conlleva la responsabilidad de los funcionarios que intervinieron y llevaron adelante la misma, como también la responsabilidad internacional del Estado Provincial por el incumplimiento de la normativa de aplicación a los Pueblos Indígenas", explicó Carlosi.



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